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Según el Tribunal Registral, el título de habilitación urbana prevalece sobre contrato privado para corregir errores en la descripción registral de un predio

Jesus Bobadilla B.

30 set. 2025

Una usuaria solicitó la rectificación de dos errores en la descripción registral de un predio independizado, referidos al área y a la medida de un lindero. La registradora tachó la solicitud al advertir que los mismos errores constaban en el contrato de compraventa e independización que originó la inscripción. La solicitante apeló, señalando que en la partida matriz figuraba inscrita una habilitación urbana, cuyo título archivado consignaba los datos correctos.


El Tribunal Registral revocó la tacha y dispuso la rectificación. Sostuvo que el título de la habilitación urbana, al ser un documento público que precisa las características del predio, prevalece sobre el contrato de compraventa e independización, el cual solo recoge la declaración de las partes y puede contener errores (Resolución 4152-2025-SUNARP-TR).


La decisión es acertada, pues el título de habilitación urbana es un acto administrativo que establece con exactitud las características físicas del inmueble. Por tanto, es el documento a tomar en cuenta cuando se consignan datos equivocados en la partida registral.



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