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Prohibición de vender en la garantía mobiliaria

Alberto Ramirez C.

6 set. 2024

Recientemente el Tribunal Registral emitió un precedente obligatorio sobre transferencia de vehículos gravados con garantía mobiliaria y prohibición de vender (Resolución 229-2024-SUNARP/PT).


Según el precedente, la prohibición no tiene efectos registrales si no consta en un asiento especial de la partida del vehículo, aun cuando aparezca en el título archivado de la garantía mobiliaria. Es decir, si el propietario vende el vehículo incumpliendo la restricción convenida, el comprador igual podrá inscribir la transferencia a su favor.


Es una decisión polémica que resta importancia al estudio de los títulos archivados y propicia el desorden y el conflicto, pues claramente el comprador no tendría buena fe y su compra sería ineficaz.


La recomendación para los acreedores de garantías mobiliarias es que pidan que se inscriba la prohibición de vender en un asiento especial. Para los compradores, sugerimos que si el bien soporta una garantía mobiliaria, continúen revisando los títulos archivados para descartar la existencia de la prohibición de vender.




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