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Nueva norma confiscatoria de la propiedad comunal

Gihovany Cano H.

22 abr. 2025

Recientemente se ha publicado la Ley 32293, que por tercera vez amplía el plazo para formalizar posesiones informales sobre tierras de comunidades campesinas. La norma dispone que no son tierras comunales las que estuviesen ocupadas por centros poblados o asentamientos humanos hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo que la comunidad hubiese interpuesto alguna acción para recuperarlas.


Originalmente, la Ley 24657 del 30 de marzo de 1987 establecía que no son tierras comunales las ocupadas por asentamientos al 6 de marzo de 1987. La propiedad de las comunidades viene delimitada por sus títulos y no por la ley. Estas normas son expropiatorias e inconstitucionales pues las tierras de estas corporaciones están protegidas por la Constitución (artículo 89). El afán de los políticos por obtener réditos de los invasores no justifica la violación de la propiedad.


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