
Gihovany Cano H.
4 jun. 2025
Recientemente, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema ha señalado que no opera la prescripción adquisitiva si las pruebas de posesión no identifican al mismo bien por todo el plazo que se invoca (Casación 2486-2021-Lima).
En el caso concreto, la Corte Suprema respaldó el criterio de las instancias inferiores, que detectaron discrepancias en las direcciones y numeraciones consignadas en los pagos de impuesto predial y arbitrios. Algunos documentos señalaban una dirección o identidad y otros daban cuenta de otro. La Sala subrayó que no puede trasladarse al juez la carga de probar el objeto del proceso.
Es un pronunciamiento acertado. Para lograr la declaración de prescripción adquisitiva no basta con presentar abundante documentación, como el pago de tributos, licencias, arrendamientos, entre otros, si no se acredita que tales actos recaen sobre el mismo bien. Para quienes buscan regularizar su propiedad por esta vía, el fallo recuerda que la prueba sólida y coherente es indispensable para persuadir al órgano jurisdiccional.
