
Aarón Villagaray F.
10 oct. 2025
En 2009, el Gobierno Regional de Amazonas suscribió múltiples contratos de compraventa a favor de agricultores de la región. Años después, el Ministerio de Agricultura interpuso demandas de nulidad de acto jurídico contra dichos contratos, alegando que los terrenos transferidos no le pertenecían al gobierno regional. Muchos de estos procesos llegaron a la Corte Suprema. Las diferentes Salas han emitido pronunciamientos contradictorios sobre la vía procesal que corresponde a la cuestión.
Por ejemplo, la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria estableció que la situación de estos contratos debe discutirse en un proceso civil de nulidad de acto jurídico (Casaciones 8397-2023 Amazonas y 15505-2023 Amazonas). Según esta Sala, los contratos se rigen por las normas civiles ordinarias. Sin embargo, meses antes la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente afirmó en varios pronunciamientos que dichos contratos deben impugnarse en la vía contencioso-administrativa, dado que su celebración se autorizó mediante actos administrativos (Casaciones 2224-2023 Amazonas, 51830-2022 Amazonas, 2222-2023 Amazonas, 2226-2023 Amazonas y 48042-2022 Amazonas).
La disparidad de criterios es alarmante, pues dependiendo de la Sala que conozca el proceso podría resultar que se anule el trámite, con la consecuente pérdida de varios años de litigio. Es urgente fijar la solución única. En aplicación del artículo 36 del TUO de la Ley 27584, estimamos indispensable que la Sala Constitucional de la Corte Suprema establezca un precedente vinculante sobre la materia.

