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La Corte Suprema señala que no hay "enriquecimiento sin causa" cuando el reclamante actúo de mala fe en los hechos que generan su perjuicio

Pedro Pareja C.

11 mar. 2025

La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema, ha establecido que no procede la indemnización por "enriquecimiento sin causa" cuando el contrato que originó el perjuicio patrimonial fue declarado nulo por la mala fe de quien reclama el resarcimiento (Casación N° 411-2021/Cusco).


En el caso concreto, un proveedor del Estado venía ejecutando sus obligaciones en el marco de un contrato.. Sin embargo, se comprobó que el agente privado había presentado cartas fianzas falsas en el proceso de contratación, lo que condujo a que se anule su contrato (mala fe). Como el Estado ya había recibido parte de las prestaciones, el proveedor reclama un pago por "enriquecimiento sin causa".


Si bien el enriquecimiento sin causa no exige como requisito la evaluación de la buena o mala fe del reclamante (artículo 1954 del Código Civil), la Corte acierta al considerar este elemento. La sentencia no lo dice, pero lo cierto es que la indemnización por "enriquecimiento sin causa" es un supuesto de responsabilidad extracontractual y por tanto no procede indemnización cuando el daño es producto de la propia decisión de la víctima (artículo 1972 del Código Civil). Si el mismo proveedor del Estado se puso en la situación de un contrato nulo, no merece compensación.



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