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Indecopi garantiza la eficacia de las licencias de edificación

Franco Eneque Ch.

13 mar. 2025

El Indecopi ha declarado como "barrera burocrática ilegal" la suspensión de las licencias de edificación aprobadas por revisores urbanos mediante informes técnicos favorables, así como la suspensión del inicio y ejecución de las obras que cuentan con dichas licencias (Resolución 0053-2025/SEL-INDECOPI). La suspensión fue dispuesta por el artículo 3 de la Ordenanza 630-2024-MDB de la Municipalidad Distrital de Barranco.


La resolución señala que las municipalidades solo pueden suspender licencias tras un pronunciamiento expreso del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que declare el incumplimiento de normas urbanísticas o técnicas, o en casos de riesgo inminente (artículo 11 del TUO de la Ley 29090). La ordenanza de Barranco que permitió la suspensión sin este requisito es una traba ilegal al desarrollo inmobiliario.


La decisión del Indecopi reafirma la importancia del respeto a la normativa urbanística nacional y pone límites a la autonomía de los gobiernos locales. Es una noticia positiva pues el mismo criterio se tendría que aplicar a otras disposiciones de cualquier municipalidad que intente detener obras que cuentan con licencias válidamente otorgadas.




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