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Golpe a la seguridad jurídica y al mercado inmobiliario

Gihovany Cano H.

7 oct. 2024

Mediante Sentencia del 9 de mayo de 2023 (Expedientes 00001-2021-PCC/TC y 00004- 2021- PCC/TC), el Tribunal Constitucional acotó las competencias del Gobierno Central (Ministerio de Vivienda) en materia de viviendas sociales, ratificando el poder de las municipalidades sobre zonificación y permisos en ese ámbito.


Pues bien, recientemente el Tribunal Constitucional ha declarado nulo un "informe vinculante" del Ministerio de Vivienda que señalaba que las autorizaciones para construir viviendas populares, expedidas antes de que el Tribunal acotara sus competencias, conservan plena vigencia. En base a este informe, los constructores entendían que sus proyectos permanecían en marcha, aun contra la voluntad de las municipalidades.


El Tribunal señala que son nulas las autorizaciones emitidas al amparo de normas que invaden las competencias municipales. Dice que el Ministerio no puede convalidar dicha nulidad a través de sus pretendidos "informes vinculantes".


Es cierto que la Sentencia era confusa sobre la situación de las autorizaciones otorgadas antes de que ajustara la competencia del Gobierno Central. Sin embargo, con el nuevo pronunciamiento del Tribunal ya no hay duda: todos los proyectos de vivienda social que sean incompatibles con la regulación municipal podrían quedar truncos. Es una mala noticia que afecta la seguridad jurídica y desincentiva las inversiones, pues los constructores en todo momento actuaron en base a normas vigentes.


La frustración de los proyectos constituye una "fuerza mayor" y por tanto las constructoras no son responsables ante sus compradores y proveedores. Sin embargo, todos los perjuicios pueden ser reclamados al Gobierno Central, quien causó el desbarajuste al invadir competencias municipales.



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©2024 Mejorada Abogados

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